Ciudad de México.- El secretario general y portavoz de la Conferencia del Episcopado Mexicano, Alfonso Miranda Guardiola, celebró los avances en materia legislativa para que el delito de pederastia no prescriba. Además que las reformas al Código Penal Federal endurezcan las penas fisicas y económicas a quienes perpetren abusos contra los menores.
"Celebramos que el Pleno de la Cámara de Diputados haya aprobado reformas al Código Penal federal para hacer imprescriptible el delito de pederastia, con el fin de proteger, en todo ámbito, a la niñez mexicana", escribió el obispo.
Las reformas al Código Penal Federal fueron aprobadas por 441 votos de los diputados y fueron turnadas al Senado de la República para ser ratificadas. Entre los cambios propuestos al cóodigo se encuentra la imprescriptibilidad del delito de pederasta y penas de hasta 36 años de prisión a quien cometa ese ilícito.
Celebramos que el Pleno de la Cámara de Diputados haya aprobado reformas al Código Penal federal para hacer imprescriptible el delito de pederastia, con el fin de proteger, en todo ámbito, a la niñez mexicana.
— Alfonso Miranda (@monsalfonso) February 7, 2020
La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM), como organismo colegial de los obispos del país, había solicitado y apoyado las iniciativas que evitaran la prescripción del delito de pederastia. El arzobispo de Monterrey y presidente del colegio, Rogelio Cabrera López, advertía que la prescripción del delito dificultaba procesos de satisfacción de justicia a las víctimas. Incluso, anunció que los márgenes de prescipción del delito de abuso sexual en la Iglesia tampoco caducarían en función de apoyar a los denunciantes.
ASÍ LO INFORMAMOS: "Las heridas no prescriben", Cabrera apela porque delitos sexuales no caduquen
La reforma de no prescripción aprobada el 6 de febrero se aplicará en caso de que el responsable de agredir sexualmente a un menor de edad ejerza la patria potestad sobre la víctima; tenga relación de ascendencia o descendencia con la víctima sin límite de grado; sea familiar en línea colateral hasta cuarto grado; haya incurrido en el delito en virtud de la relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima.
Además, se prevé un incemento de las penas carcelarias si el abusador se vale de una funcón pública, habita el mismo domicilio de la víctima, es ministro de culto religioso o emplea violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.
Actualmente, el Código Penal aplica sanciones de 9 a 18 años de prisión y de 750 a 2 mil 250 días de multa. La reforma prevé incrementar las penalidades hasta el doble: 36 años de cárcel y 4 mil 50 días de multa.
La CEM, por su parte, trabaja a través del Consejo Nacional de Protección de Menores y el Centro de Protección a Menores (Ceprome) un equipo multidisciplinario para responder al problema de abuso sexual infantil por parte de clerigos y agentes de pastoral en el ámbito eclesial. Hasta el momento se han realizado talleres en 60 diócesis del país y se ha auxiliado en la instalación de catorce comisiones diocesanas especalizadas.